Hoy en día es muy habitual que la Oficina Liquidadora de Albal,
trás una
transmisión inmobiliaria, le notifique
una comprobación de valores (liquidación
complementaria).
El contribuyente tiene el derecho
de promover una tasación pericial contradictoria cuando no esté de
acuerdo con el valor comprobado por la Administración de los bienes y
derechos que se transmiten (Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto
Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones (ISD), Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP),
Plusvalía). Se puede iniciar el trámite una vez que se ha notificado la
liquidación provisional. |
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